Ver página del evento

Codigo QR Evento

PRESENTACIÓN:

Después de 15 años de expedido el Decreto 4747/07 que generó reglas para el relacionamiento entre prestadores y aseguradores, ha sido expedido el Decreto 441/22 que busca actualizar las reglas en el relacionamiento entre los diferentes agentes del sistema en busca de generar protecciones para el usuario y establecer condiciones que eviten el traslado del riesgo a prestadores de servicios de salud.

A través de todos estos años, se ha evidenciado fallas en el mercado por la  asimetría de información para la concertación en el acuerdo de voluntades, por tanto el Decreto 441 introduce importantes herramientas para generar confianza entre las EAPB y los prestadores en el entendido que los nuevos acuerdos de voluntades que se suscriban a partir de la fecha deben contener una nota técnica producto del conocimiento de las frecuencias de uso, costos de los servicios y un detallado de las tecnologías que se van a prestar; así las cosas se hace imperativo para los prestadores que tengan herramientas sobre el cómo presentar un modelo de atención y un modelo de prestación de servicios que agreguen valor para el usuario y a su vez que se logre la construcción de costos hospitalarios como instrumento fundamental para la elaboración de la nota técnica.

Es de resaltar que todos los acuerdos de voluntades que ya se encuentran legalizados tienen plazo máximo para incluir dentro de las minutas, los cambios que se introducen con la expedición del Decreto y dentro de los puntos a resaltar adicional a la nota técnica es la obligatoriedad de llevar la trazabilidad de todas las etapas de los procesos precontractuales, contractuales y postcontractuales, igualmente la obligatoriedad de incluir en contratos de modalidad de pago prospectivo, la revisión periódica del contrato en donde si es necesario por un desbalance en el contrato, el ajuste de la nota técnica.

La reglamentación de acuerdos de voluntades con modalidad de pago prospectivo, incentivan a la generación de contratos en donde se elimine la autorización para las actividades incluidas en las Rutas Integrales de atención o contratos bajo la modalidad de pago global prospectivo, por tanto, es necesario fortalecer el conocimiento en la elaboración de la nota técnica y a su vez conocer los cambios normativos que están enlazados con la expedición del Decreto 441/22 y que harán parte de todo el paquete normativo que viene expidiendo el Gobierno Nacional.

 

DIRIGIDO A:

Gerentes, Directores, Subdirectores, Asesores Jurídicos, Jefes de Contratación y demás directivos de Empresas Sociales del Estado, Hospitales, EPSs e IPSs públicas y privadas, Entidades Territoriales del Sector Salud, Universidades, Industria Farmacéutica, Gremios, Órganos de Control y demás personas interesadas en el tema.

 

METODOLOGÍA:

El Seminario Taller se llevará a cabo en el Hotel SPIWAK (AV 6D 36N-18 Chipichape) en la ciudad de CALI, con cupo limitado y se desarrollará a través de conferencias magistrales, el desarrollo de talleres en costos en salud y construcción de la nota técnica por lo que se requiere cada participante lleve equipo de cómputo  y la participación activa de los asistentes.

 

 

 HOTEL SPIWAK CALI

 

 

 

INSCRIPCIONES CERRADAS / CUPO LLENO

 

AGENDA ACADÉMICA

 

JUEVES 9 DE JUNIO

 

 

10.00  a  2.00  pm

 

Registro y acreditación de participantes

 

2.00   a   2.15  pm

 

 

Instalación

 

 

 

2.15  a  5.30 pm

 

 

 

 

 

BLOQUE ACADÉMICO 1.

DECRETO 441 DE 2022 MODIFICATORIO DEL DECRETO 4747 DE 2007

Alcances, Campo de Aplicación y Puntos Claves a tener en cuenta

  • Principales cambios en la relación asegurador-prestador y nuevas reglas que tienen obligatorio cumplimiento a partir del 1 de julio para todos los contratos que vienen en curso y los nuevos contratos.
  • Clasificación de los contratos acorde con la forma de pago: pagos prospectivos y retrospectivos.
  • La trazabilidad del proceso de contratación entre las partes.
  • Decreto 441/22 empiezan a generar reglas claras para las modalidades de contratación prospectiva.
  • Se incluyen aspectos importantes para tener en cuenta en las etapas precontractual, contractual y post-contractual con el objetivo de brindar herramientas al mercado para mitigar las asimetrías de la información en los procesos contractuales.
  • Inclusión de la nota técnica como nuevo concepto para los prestadores en los procesos de negociación y contratación (cápita, PGP, entre otros).
  • Nuevo concepto para la contratación que no existía en el 4747 y son los ajustes de riesgo frente a desviaciones de la nota técnica (riesgo primario y riesgo técnico cuando apliquen).
  • Acuerdos de voluntades deben concertar los indicadores que den cuenta de los resultados en salud definidos en las RIAS obligatorios y las priorizadas por las EAPB.

Dra. OLGA LUCIA ZULUAGA R. Médico y cirujano. Magister en Gerencia de Sistemas de Salud, Especialista en Gerencia de Sistemas de Salud, Especialista en Finanzas, Diplomado en Habilidades Gerenciales, Diplomado en Auditoria Médica y Gerencia de Calidad, Diplomado en Auditoría en Servicios de Salud. Presidente de Junta Directiva y Directora Ejecutiva hace 8 años de la Asociación Colombiana de Empresas Sociales del Estado y Hospitales Públicos – ACESI, Directora Ejecutiva hace 13 años de la Asociación de Hospitales del Risaralda.

NOTA: Incluye break de 30 minutos.

 

VIERNES 10 DE JUNIO

 

 

 

 

8.30  a  12.15 pm

 

 

BLOQUE ACADÉMICO 2.

COSTOS EN SALUD

TALLER. Costos en Salud. Elementos claves para las nuevas negociaciones.

Dra. MERY CONCEPCIÓN BOLIVAR V. Médica de la Universidad del Norte. Master en Administración de Salud. Maestría en Gestión Actuarial de la Seguridad Social. Especialista en Gestión Pública. Especialista en Gerencia y Auditoria de la Calidad en Salud. 20 años de experiencia en sistemas de salud enfocada a planes de beneficios, costos y primas de aseguramiento para el sistema de salud y regímenes especiales. Ex Asesora del Despacho del ministro de Salud.  Ex Directora de Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud. Superintendente de Salud (E). Consultora para organismos internacionales (Unicef, PMA y BID) y nacionales. Docente universitaria, Consultora. Publicaciones: Colección de Estudios de Suficiencia POS–UPC 2006 al 2103. Diálogos construyendo futuro en derechos fundamentales. Una experiencia Latinoamericana sobre procesos de cambio en derecho a la salud y políticas públicas. Libro colectivo.

NOTA: Incluye break de 30 minutos.

 

12.15  a  1.45  pm

 

Almuerzo

 

 

 

1.45  a  5.30 pm

CONSTRUCCIÓN DE LA NOTA TÉCNICA

TALLER Construcción Nota Técnica.

Dra. DANNY VIVIANA MOREANO HURTADO. Master in Business Administration. MBA, Universidad ICESI - Freedman Institute Tulane University U.S.A. Especialista en Administración de la Salud, Universidad Pontificia Javeriana - Programa de Alta Gerencia, Universidad ICESI. Médico y Cirujano, Universidad del Cauca. Diplomado en Auditoría Médica. Secretaría de Salud Cali. Experta en diseño de estrategias organizacionales orientadas al crecimiento, sostenibilidad y posicionamiento de la compañía, liderazgo de equipos de alto desempeño.

NOTA: Incluye break de 30 minutos.

 

5.30  pm

 

cierre

B. PLAN GENERAL

Asistencia al evento, material académico y de apoyo, escarapela, lapicero, almuerzo (1), refrigerios, estación de café y agua permanente, memorias y certificados digitales e impuestos.

Inversión: 990,000.00


 

INSCRIPCIONES CERRADAS / CUPO LLENO

 

FORMA DE PAGO:

  • Mediante transferencia electrónica o consignación a nombre de FUNDASUPERIOR, en la cuenta corriente Davivienda  No. 1280 6999 7012 o en la cuenta de ahorros No. 1263 7021 0018
  • En línea, al finalizar el proceso de inscripción en nuestra plataforma de inscripciones - Clíck Aquí para ir a la plataforma-. Allí podrá hacer el pago de forma seguro con Tarjeta de Crédito, Débito o Transferencia desde cuenta corriente o de ahorros en nuestra Zona de Pagos operada por Davivienda.
  • En línea, dirigiéndose directamente a efectuar el pago en Zona de Pagos Davivienda PSE – Click Aquí.
  • Mediante Tarjetas Débito o Crédito o pagando en efectivo, al momento de realizar su registro y acreditación en el evento. (Si no se reserva el cupo previamente éste no será garantizado).

Para efectos contables el pago debe hacerse a nombre de FUNDASUPERIOR S.A.S. – INCOLFIG. NIT. 900.252.032-1. Entidad de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. (Servicio Excento de IVA)

El valor de la inscripción no es reembolsable.

Galerias

Compartir Compartir Compartir